Servicios de Asistencia a los Ayuntamientos

La Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares establece un conjunto de obligaciones respecto a la asistencia hacia los municipios, especialmente de aquellos de menos de 20.000 habitantes. La asistencia de los cabildos insulares a los municipios podrá consistir en:

a) La asistencia técnica, de información, asesoramiento, realización de estudios, elaboración de planes y disposiciones, formación y apoyo tecnológico;

b) La cooperación económica para la financiación de inversiones, actividades y servicios de competencia municipal;

c) La asistencia material en la prestación de servicios municipales, y; d) La realización de actividades materiales y de gestión que le encomienden los municipios.

El Cabildo de Gran Canaria asiste a los municipios de la Isla a través de los siguientes servicios y partidas presupuestarias.

Servicios:

Transferencias a Ayuntamientos: